Congreso de la República 19 de abril de 1941, Ley N° 9338 (Derogando la Ley No. 8577, y declarando que la Ley No. 8707, sobre prohibición de aumentar las tarifas, no es aplicable a la prensa)
Also known as
Peru · · · 19-04-1941
Derogando la Ley No. 8577, y declarando que la Ley No. 8707, sobre prohibición de aumentar las tarifas, no es aplicable a la prensa
LEY Nº 9338
E. Montagne, Presidente del Senado. Carlos Sayán Alvarez, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. Silva y Elguera, Senador Secretario. Fernando Luis Castro Agusti, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
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